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Article 5

Decreto 2200 de 1988 · DECRETO 2200 DE 1988, 25/10/1988, Por el cual se dictan unas medidas tendientes a la preservación del orden público

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Para la aplicación de las sanciones a que se refiere el presente Decreto, se observará el siguiente procedimiento

a)

Se pondrá en conocimiento del inculpado o infractor, el contenido del acta elaborada por el Inspector del Trabajo;

b)

Se oirá en descargos al inculpado o infractor, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento de los hechos. A partir del día siguiente al de esta diligencia, empezará a correr un término de cuatro (4) días para practicar las pruebas que hubieren sido solicitadas por el imputado u ordenadas por el funcionario.

c)

Si dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento de los hechos no hubiere sido posible oír en descargos al contraventor por no haber comparecido, se le emplazará por edicto que permanecerá fijado durante dos (2) días en la ayudantía del comando de estación de policía, o secretaría de la alcaldía o Inspección de Policía, según el caso. Si vencido el plazo no compareciere, se le declarará contraventor ausente y se le nombrará defensor de oficio para que actúe hasta la terminación del proceso;

d)

Transcurridos los anteriores términos, se dictará la correspondiente resolución motivada, en la cual se hará constar la identificación del contraventor, el hecho que se le imputa, la sanción que se le impone y el lugar donde deba cumplirla, si se le declara responsable; o se le exonerará del cargo imputable, en cuyo caso, si estuviese capturado, será puesto inmediatamente en libertad. Los términos fijados en este artículo se ampliarán hasta el doble si los contraventores fueren cinco (5) o más.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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