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Article 16

Avaluó

Decreto 2107 de 1988 · DECRETO 2107 DE 1988, 12/10/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1a de 1968, 4a de 1973, 30 de 1988 y el Decreto 1127 de 1988, en lo relacionado con la adquisición de tierras y mejoras rurales

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01

Text of the article

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Avaluó -revisión El avalúo de los predios que se pretenda adquirir por parte del INCORA será realizado por dos expertos sorteados de la lista del cuerpo especial de peritos del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", quienes examinarán conjuntamente el inmueble y emitirán su dictamen teniendo en cuenta los criterios de evaluación del artículo 58 de la Ley 135 de 1961 y lo presentarán de tal manera que se precise en forma independiente el valor intrínseco de la tierra y el de las mejoras en ella incorporadas. Separadamente los peritos avaluarán la maquinaria, equipos e implementos vinculados a la producción económica del predio que se pretendan adquirir. Podrá revisarse el dictamen pericial, por una sola vez, a solicitud del INCORA o del propietario ofertado, cuando se haya desconocido por los peritos sin justificación alguna, cualquier factor determinante del avalúo o incurrido en un error aritmético en el dictamen. Será revisable todo avalúo en el que resulte un precio del inmueble superior al señalado por su propietario en la oferta de venta al Instituto.

02

Constitutional history

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