ARTICULO 26. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, produce efectos fiscales desde el 1º de enero de 1991 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley número 69 de 1990.
Article 26
Decreto 145 de 1991 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales y Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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