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Article 3

Decreto 2041 de 1991 · por el cual se crea la Dirección Nacional del Derecho del Autor como Unidad Administrativa Especial, se establece sus estructura orgánica y se determinan sus funciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Patrimonio. El patrimonio de la Dirección Nacional del Derecho de Autor está constituido por

a)

Las partidas ordinarias y extraordinarias asignadas en el Presupuesto Nacional y los recursos propios;

b)

Las donaciones nacionales e internacionales que reciba;

c)

El producto de la venta de las publicaciones que realice la unidad;

d)

Las sumas de dinero que ingresen a la Dirección por concepto del registro de obras literarias y artísticas, reservas de nombres, la expedición de certificaciones y paz y salvos, copias de registro, copias de reserva de nombres, venta de formularios y demás servicios que preste la Dirección;

e)

Los bienes muebles e inmuebles que adquiera o haya adquirido a cualquier título;

f)

Los rendimientos financieros obtenidos de sus recursos propios;

g)

Los recursos provenientes del crédito externo e interno;

h)

Los demás que obtenga a cualquier título.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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