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Article 202

Decreto 95 de 1989 · Por el cual se reforma el Estatuto de Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

RESERVA DE PRIMERA CLASE DE SUBOFICIALES DE LA FUERZA AEREA. La reserva de primera clase de Suboficiales de la Fuerza Aérea está constituida por las siguientes personas, mientras no hayan cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad y sean sicofísicamente aptos

a)

Los Suboficiales de la Fuerza Aérea en situación de retiro;

b)

Las personas que hayan realizado y aprobado cursos especiales para graduarse como Suboficiales de la reserva aérea.

c)

Los exalumnos de la Escuela de Formación de Suboficiales de la Fuerza Aérea que hayan prestado en ella por lo menos un (1) año de servicio y que acrediten haber cursado y aprobado estudios sobre mantenimiento de aeronaves en escuelas o institutos del país o del exterior.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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