SESIONES DEL CONSEJO Y CONVOCATORIA. Las sesiones ordinarias del Consejo de las Ordenes se efectúan un mes antes de cada una de las fechas señaladas en la segunda parte, Capítulo II, artículo 12 del presente reglamento, y en reunión extraordinaria cuando el Gran Maestre o el Gran Canciller así lo dispongan, o cuando alguno de sus miembros lo solicite. En este último caso, el interesado hará solicitud escrita dirigida al Gran Canciller, exponiendo los motivos que justifiquen su convocatoria. La convocatoria para las reuniones ordinarias se hace mediante citación verbal o escrita, dirigida a cada uno de los miembros, firmada y autenticada por el Canciller. Tanto las reuniones ordinarias como las extraordinarias pueden ser presididas por el Gran Maestre, por el Gran Canciller, o por el Miembro Benemérito de las Ordenes. En ellas se requiere la mitad más uno de los miembros del Consejo para que haya quórum, y las decisiones se toman por mayoría de votos.
Decreto 1880 de 1988 →In force
Article 32
Sesiones Del Consejo Y Convocatoria. Las Sesiones Ordinarias Del Consejo De Las
Decreto 1880 de 1988 · DECRETO 1880 DE 1988, 12/09/1988, Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares
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01
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02
Constitutional history
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