El Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud podrá girar directamente a las administradoras del régimen subsidiado que desarrollen su actividad en municipios a los que se refieren los Decretos 195 y 223 de 1999 los recursos de la subcuenta de solidaridad, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley. Para estos efectos, las entidades territoriales efectuarán las operaciones presupuestales en los términos establecidos en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y efectuarán su ejecución sin situación de fondos. De igual manera se podrá proceder con los recursos de cofinanciación para salud.
Decreto 350 de 1999 →In force
Article 58
Decreto 350 de 1999 · por el cual se dictan disposiciones para hacer frente a la emergencia económica, social y ecológica causada por el terremoto ocurrido el 25 de enero de 1999
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.