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Article 24

Decreto 1680 de 1991 · por el cual se reorganiza el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repùblica.

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01

Text of the article

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ARTICULO 24 . De las funciones que se trasladan al departamento administrativo del servicio civil. En cumplimiento de lo dispuesto en el literal a) del artículo 4 de la Ley 55 de 1990, trasládase al Departamento Administrativo del Servicio Civil las siguientes funciones que cumple actualmente el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República a través de la Secretaría de Administración Pública

a)

Revisar y dar concepto sobre todos los planes o proyectos de reorganización general o parcial de cualquiera de los organismos de la administración nacional.

b)

Asesorar a los funcionarios de ministerios, departamentos administrativos y establecimientos públicos en la implantación de reformas orgánicas y en lo relativo a sistemas y procedimientos, y

c)

Velar por el cumplimiento de los programas y de las normas administrativas en lo que a organización y métodos se refiera. Para el cumplimiento de las anteriores funciones, créase la División de Estructuras Administrativas dependiente de la Dirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil a que se refiere el Decreto ley 147 de 1976.

02

Constitutional history

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