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Article 6

Facultades Para Modificar Plazos Para La Presentación Y Pago De Las Declaraciones Del Impuesto Sobre La Renta E Impuesto Al Patrimonio Y Para El Suministro De Información

Decreto 128 de 2011 · por el cual se adoptan medidas especiales en materia tributaria, aduanera y cambiaria para los damnificados o afectados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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°. Facultades para modificar plazos para la presentación y pago de las declaraciones del impuesto sobre la renta e impuesto al patrimonio y para el suministro de información. El Gobierno Nacional podrá modificar los plazos fijados para la presentación de las declaraciones y para el pago de los impuestos de renta y patrimonio administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, respecto de los contribuyentes beneficiarios de que trata el artículo 1° de este decreto. El Gobierno Nacional y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, según el caso, podrán ampliar los plazos para el envío de información por parte de los damnificados obligados a enviarla. El cumplimiento de las obligaciones a que se refiere este artículo dentro de los plazos que se señalen para el efecto no generará para el obligado el pago de intereses de mora o sanción alguna. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales efectuará el control sobre estas declaraciones, realizando las verificaciones de rigor, entre otros, sobre los registros oficiales de damnificados elaborados por el Gobierno Nacional.

02

Constitutional history

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