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Article 5

Plazos Especiales Para La Presentación Y Pago De Declaraciones De Retención En La Fuente Y Del Impuesto Sobre Las Ventas

Decreto 128 de 2011 · por el cual se adoptan medidas especiales en materia tributaria, aduanera y cambiaria para los damnificados o afectados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Plazos especiales para la presentación y pago de declaraciones de retención en la fuente y del impuesto sobre las ventas. Los damnificados o afectados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011, responsables y agentes de retención de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, podrán presentar las declaraciones del impuesto sobre las ventas del sexto bimestre de 2010 y primer bimestre de 2011 y de retención en la fuente de los periodos diciembre de 2010, enero y febrero de 2011, hasta el día 2 de mayo de 2011, independientemente del último dígito del NIT. En consecuencia, en estos casos no aplicarán los plazos señalados en los Decretos 4929 de 2009 y 4836 de 2010. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales efectuará el control sobre estas declaraciones, realizando las verificaciones de rigor, entre otros, sobre los registros oficiales de damnificados elaborados por el Gobierno Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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