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Article 3

Decreto 44 de 2009 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4334 de 2008, modificado por el Decreto 4705 de 2008.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Modifícase el artículo 20 del Decreto 4705 de 2008, el cual quedará así: “ Artículo 20. Recompensas . La Superintendencia de Sociedades podrá ofrecer y pagar a los particulares, diferentes a los sujetos a los que se refiere el artículo 5° del Decreto 4334 de 2008, recompensas por la información que conduzca a la efectiva recuperación de bienes producto de la captación o recaudo no autorizado, con cargo a los bienes efectivamente recuperados. La mencionada recompensa podrá ser de hasta el diez (10%) por ciento cuando las sumas recuperadas no excedan de mil (1.000 smmlv) salarios mínimos mensuales legales vigentes y de hasta el cinco (5%) por ciento para los casos en que el monto de los recursos recuperados exceda de la cifra señalada anteriormente. El Superintendente de Sociedades fijará el monto de la recompensa a ser cancelado, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la importancia y pertinencia de la información y el monto de los recursos a ser recuperados”.

02

Constitutional history

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