Reintegro de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, no comprometidos por las entidades territoriales. Los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, girados a la entidad territorial que no hayan sido comprometidos por ellas, deberán reintegrarse a la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha en que queden perfeccionadas o ejecutoriadas las actas de liquidación de los contratos con todas las Administradoras del Régimen Subsidiado que atienden a los afiliados de su jurisdicción, so pena de que se causen intereses moratorios a la tasa de interés moratorio establecida para los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y que se adelanten las acciones disciplinarias, administrativas, fiscales y penales a que hubiere lugar. Corresponde al Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, informar al Departamento y a la Superintendencia Nacional de Salud sobre el incumplimiento presentado por los municipios, de lo dispuesto en el presente artículo para lo de su competencia. Cuando el incumplimiento sea de los departamentos que administran recursos del régimen subsidiado, sólo se comunicará a la Superintendencia Nacional de Salud.
Decreto 50 de 2003 →In force
Article 17
Decreto 50 de 2003 · DECRETO 50 DE 2003, 13/01/2003, por el cual se adoptan unas medidas para optimizar el flujo financiero de los recursos del régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.