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Article 14

Decreto 2076 de 1992 · DECRETO 2076 DE 1992, 23/12/1992, Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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º . PLAZO MAXIMO PARA REMARCAR PRECIOS POR AUMENTO DE LA TARIFA DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS. Para la aplicación del aumento de la tarifa del impuesto sobre las ventas del 12% al 14%, cuando se trate de establecimientos de comercio con venta directa al público de mercancías premarcadas existentes en mostradores, mientras no sean remarcadas podrán venderse con el precio de venta al público ya fijado y con la tarifa del 12% del impuesto sobre las ventas incorporado en el mismo. El plazo para culminar la remarcación del precio de tales mercancías, de acuerdo con la nueva tarifa, será hasta el 15 de enero de 1993; a partir de esta fecha, en todos los casos, la tarifa es del 14%. Lo dispuesto en el inciso anterior será igualmente aplicable en el caso de mercancía premarcada, respecto de la cual aumenta la tarifa del 12% al 35%.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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