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Article 2

Decreto 2075 de 1992 · DECRETO 2075 DE 1992, 23/12/1992, Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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º . OBLIGADOS A APLICAR EL SISTEMA. Están obligados a aplicar el sistema de ajustes integrales por inflación, todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios obligados a llevar libros de contabilidad, con excepción de los siguientes

1.

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que estando obligadas a llevar libros de contabilidad, cumplan los requisitos señalados a continuación

a)

Que sus ingresos provenientes de su actividad comercial en el año fiscal inmediatamente anterior, no superen la suma de veintitrés millones setecientos mil pesos ($ 23.700.000). Cuando se hubieren iniciado operaciones en el año, solamente se tendrá como referencia el valor del patrimonio señalado en el siguiente literal;

b)

Que su patrimonio bruto fiscal a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior o inicial cuando se inicien actividades durante el año, no sea superior a sesenta y cinco millones novecientos mil pesos ($ 65.900.000), y

c)

Que no se tenga más de dos establecimientos de comercio.

2.

Las entidades sin ánimo de lucro, las cooperativas y en general los contribuyentes del régimen tributario especial, previstos en el artículo 19 del Estatuto Tributario.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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