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Article 92

Decreto 2256 de 1991 · DECRETO 2256 DE 1991, 04/10/1991, por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El INPA otorgará el permiso a que se refiere el artículo anterior, hasta por diez (10) años, mediante acto administrativo el cual deberá contener lo siguiente

1.

Identificación del titular del permiso.

2.

Lugar en donde se realizará la actividad autorizada y área proyectada.

3.

Nombre de la fuente, corriente o depósito de agua que soportará el cultivo e identificación del permiso o concesión para su utilización, cuando fuere de uso público.

4.

Especie o especies cuyo cultivo se autoriza y volúmenes estimados de producción.

5.

Actividades autorizadas, tales como: embrionaje, levante, engorde, reproducción, procesamiento y comercialización.

6.

Autorización para obtener del medio natural la población parental, cuando así se solicite.

7.

Término del permiso.

8.

Causales de revocatoria y sanciones por incumplimiento.

9.

Destino de la producción.

10.

Los requisitos para la prórroga.

11.

Obligación de presentar informes periódicos en la forma que establezca la Junta Directiva del INPA.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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