COMUNICACIONES Y TRASLADOS A OTRAS ENTIDADES. En el trámite de las solicitudes y propuestas, no habrá complicación o traslado de peticiones o documentos a otras autoridades o entidades, sino en los casos expresamente previstos en este Código o en sus reglamentos. Esta notificación o traslado no dará lugar a remisión del informativo, se surtirá mediante copia o cita de las piezas y datos pertinentes y no tendrá efecto suspensivo sobre la actuación y resolución definitiva, a menos que ésta, por disposición legal, no deba proferirse sino conocido el concepto de la entidad o funcionario al que se haya hecho la notificación o traslado.
Decreto 2655 de 1988 →In force
Article 307
Comunicaciones Y Traslados A Otras Entidades. En El Trámite De Las Solicitudes Y
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.