EXPLOTACIONES DE CLORURO DE SODIO O SAL COMUN. Los municipios en cuyos territorios se adelanten explotaciones de sal común en salinas marítimas o terrestres, y el Departamento de la Guajira tendrá derecho a recibir como regalía los porcentajes que se señalan en el artículo 1º del Decreto 1249 de 1974, en los mismos términos, condiciones y modalidades que se señalan en ese artículo y en los artículos 2º, 3º, 7º, 8º y 9º del mínimo Decreto. Por consiguiente, a partir de la fecha de vigencia del presente Código se sustituye la denominación que en el citado Decreto se dé a la contraprestación económica que allí se establece y regula, por la de regalía, para adaptarla así a las denominaciones y conceptos establecidos en este capítulo. Con la modalidad ya dicha del cambio de denominación, se mantienen exactamente los mismos términos, condiciones y modalidades de las contraprestaciones económicas establecidas por los artículos citados del Decreto-ley 1249 de 1994.
Decreto 2655 de 1988 →In force
Article 223
Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas
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01
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02
Constitutional history
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