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Article 4

Decreto 3237 de 1947 · DECRETO 3237 DE 1947, 02/10/1947, por el cual se reglamenta la venta de copias de las fotografías aéreas que tome el Instituto Geográfico Miliar y Catastral, y se dictan otras disposiciones sobre uso y control de copias aerofotográficas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Las personas o compañías particulares que soliciten permiso para efectuar levantamientos aerofotográficos deberán indicar en la respectiva solicitud las personas o entidades para quienes intentan efectuar dichos levantamientos. En el permiso o licencia que se conceda se dejará constancia de la persona o entidad para quien se hará el levantamiento aerofotógrafico. La entrega de copias fotográficas, mosaicos, etc., se hará mediante la firma de actas, autorizadas por el representante del Instituto Geográfico Militar y Catastral, de las cuales se enviarán copias al mismo Instituto y al Estado Mayor General del Ejército. Cada documento se marcará con un sello especial, a fin de identificarlo en cualquier momento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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