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Article 29

Decreto 1698 de 1964 · Por el cual se organiza la Carrera Judicial y se dictan normas sobre Vigilancia Judicial y Ministerio Público

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De cada visita se levantara un acta de conclusiones, si de ella no apareciera observaciones así se comunicara por escrito al despacho visitado y a la procuraduría general de la nación. Si en apareciera observaciones sobre marcha del despacho o sobre las conductas de los funcionarios o empleados se correrá traslado a quien resulten afectados por dichas observaciones para que presenten sus descargos dentro de un termino improrrogable de ocho (8) días. Vencido este, se dictara una resolución en la cual en la misma resolución se relacionara las observaciones que no hayan sido desvirtuadas y, si se tratare de de demoras o otras irregularidades análogas, se fijara un termino prudencial para subsanarlas, en la misma resolución se ordenara enviar lo actuado a la autoridad competente para imponer la sanción disciplinaria, sin perjuicio del aviso que deba darse en caso de delito perseguible de oficio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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