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Article 54

Decreto 1253 de 1988 · DECRETO 1253 DE 1988, 27/06/1988, Por el cual se dictan normas sobre evaluación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares

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En su elaboración, trámite y uso se aplican las siguientes normas: a) ELABORACIÓN

1.

Debe ser diligenciado por los Oficiales y cuando las circunstancias lo indiquen por Suboficiales y Civiles, un mes después de recibir el cargo principal y/o adicional.

2.

Debe ser discutido y concertado entre el evaluado y el evaluador antes de su elaboración definitiva.

3.

Es diligenciado cada vez que cambie de unidad o de cargo.

4.

En el periodo de evaluación se pueden hacer adiciones o modificaciones de común acuerdo entre evaluado y evaluador.

5.

Para su diligenciamiento se utilizan únicamente los espacios disponibles.

6.

El evaluado registra la siguiente información

a)

En los numerales 01, 02, 03 y 04: --Grado. --Arma o especialidad. --Apellidos y nombres del evaluado. --Número del código y número de la cédula.

b)

En los numerales 05, 06 y 07: --Grado. --Cargo. --Apellidos y nombres del evaluador.

c)

En el numeral 08: --Unidad.

d)

En el numeral 09: --Cargo principal del evaluado.

e)

En el numeral 10: --Enumera las principales funciones y responsabilidades de acuerdo con los manuales de funciones o reglamentos que lo estipulan.

f)

En el numeral 11: --Indica aquellas tareas, trabajos u objetivos que busca alcanzar durante el período de evaluación y que resuelvan un problema significativo de la unidad o dependencia.

g)

En los numerales 12 y 13: --El evaluado y el evaluador firman el documento, para significar que están de acuerdo.

h)

En el numeral 14: --Se describen adiciones o modificaciones al programa, de común acuerdo entre evaluado y evaluador.

i)

En el numeral 15: --El evaluador registra los objetivos alcanzados y sus más significativos logros.

j)

En el numeral 16: --El evaluador analiza y conceptúa acerca del cumplimiento del compromiso.

k)

En los numerales 17 y 18: --Evaluado y evaluador registran sus firmas. b) TRÁMITE: 1. El documento es conservado por el evaluador y tramitado junto con la evaluación anual a la autoridad revisora y direcciones o departamentos de personal. 2. En caso de traslado del evaluado antes de la fecha de la evaluación anual el formulario o formularios 3 se llenan en su totalidad y se remiten, junto con el folio de vida, a la nueva unidad o repartición. c) USO: Este instrumento de evaluación es el documento básico para evaluar el desempeño en el cargo principal o adicionales y permite: 1. AL EVALUADO: a) Identificar la persona de quien depende orgánicamente; b) Identificar sus funciones y responsabilidades: c) Señalar cual es su nivel de compromiso para desarrollar actividades en beneficio de sus subordinados, de su unidad y de su Fuerza; d) Demostrar sus iniciativa, creatividad y capacidad de ejecución. 2. AL EVALUADOR: a) Dirigir el cumplimiento de la misión, dentro del concepto de administración por objetivos; b) Identificar las personas que están bajo su responsabilidad y a quienes debe orientar, guiar, formar y dar ejemplo; c) Delimitar el alcance de las funciones y responsabilidades del personal a su cargo d) Asignar equitativamente las responsabilidades; e) Ejercer una acción orientadora, para que en su elaboración se proceda con realismo, analizando los recursos disponibles. SECCION "E" FORMULARIO 4

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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