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Article 44

Decreto 3803 de 1982 · Por el cual se revisan algunas normas en materia de procedimiento tributario y se dictan otras sobre control de evasión de impuestos

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El pago extemporáneo de los impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales, causa intereses moratorios. Cuando se trate de impuesto sobre la renta determinado en la liquidación privada o en la corrección prevista en el artículo 2º, el interés de mora se causa a partir del vencimiento de la fecha señalada para el pago de la respectiva cuota. Cuando se trate de impuesto sobre las ventas, el interés de mora se causa a partir del mes siguiente al vencimiento del respectivo período gravable. Los mayores valores determinados en las liquidaciones oficiales causan intereses de mora a partir del vencimiento del término fijado por el Gobierno para pagar la última cuota de la liquidación privada, en el caso del impuesto sobre la renta; y al vencimiento del mes siguiente al respectivo período gravable, en el caso del impuesto sobre las ventas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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