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Article 79

Decreto 1151 de 1989 · DECRETO 1151 DE 1989, 02/06/1989, Por el cual se reglamenta el artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Descargos . El investigado debe hacer sus descargos ante el funcionario que le formule los cargos, dentro del término señalado para el efecto, mediante escrito o verbalmente. En este último caso se levantará un acta la cual deberá ser suscrita por el investigador, el investigado y el Secretario. En el evento de que el investigado no presente los descargos, ni solicite la práctica de pruebas dentro del término señalado para el efecto, la investigación disciplinaria se continuará hasta la culminación dejando expresa constancia de ello en el expediente, lo cual sustituye la respuesta al pliego de cargos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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