Derecho De Defensa . En toda investigación de carácter disciplinario el investigado tendrá derecho
A conocer el informe y las pruebas que se alleguen a la misma.
A ser oído en descargos.
A que se practiquen las pruebas que solicite, siempre que sean conducentes y pertinentes al esclarecimiento de los hechos y al ejercicio de las demás acciones necesarias para la defensa.
A nombrar un apoderado.