Las sanciones para infractores serán las siguientes
a)
Multa.
b)
Suspensión de la Licencia de Funcionamiento.
c)
Cancelación de la Licencia de Funcionamiento.
Decreto 1066 de 1988 · DECRETO 1066 DE 1988, 01/06/1988, Por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Municipal Colectivo de Pasajeros y mixto, se reglamenta el Decreto 80 de 1987 y se delegan unas funciones al Distrito Especial de Bogotá y a los Municipios
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Las sanciones para infractores serán las siguientes
Multa.
Suspensión de la Licencia de Funcionamiento.
Cancelación de la Licencia de Funcionamiento.
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.