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Article 79

Decreto 1066 de 1988 · DECRETO 1066 DE 1988, 01/06/1988, Por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Municipal Colectivo de Pasajeros y mixto, se reglamenta el Decreto 80 de 1987 y se delegan unas funciones al Distrito Especial de Bogotá y a los Municipios

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Cuando no se hubieren vencido los contratos de vinculación, los propietarios de los vehículos podrán solicitar a la autoridad municipal competente la desvinculación de un vehículo en los siguientes casos

a)

Cuando la empresa no aplique el principio de equidad para la asignación de los vehículos en las diferentes rutas que tenga autorizada la empresa.

b)

Cuando la empresa no le garantice al propietario del automotor un mínimo de rentabilidad en la explotación de su vehículo.

c)

Cuando se demuestre que hay discriminación por parte de la empresa.

d)

Cuando la empresa cobre más del porcentaje establecido en el presente Decreto por administración del vehículo y demás derechos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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