DE LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS Y SENTENCIAS SANCIONATORIAS. El artículo 31 de la Ley 80 de 1993, quedará así: "Artículo 31. De la publicación de los actos y sentencias sancionatorias. La parte resolutiva de los actos que declaren la caducidad, impongan multas, sanciones o declaren el incumplimiento, una vez ejecutoriados, se publicarán en el SECOP y se comunicarán a la cámara de comercio en que se encuentre inscrito el contratista respectivo. También se comunicarán a la Procuraduría General de la Nación."
Decreto 19 de 2012 →In force
Article 218
De La Publicación De Los Actos Y Sentencias Sancionatorias
Decreto 19 de 2012 · DECRETO 19 DE 2012, 10/01/2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública
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Constitutional history
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