JurídicoESEN

Article 3

Decreto 1172 de 1991 · por el cual se regula la transferencia de los excedentes transitorios de que trata el artículo 31 de la Ley 51 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Excedente transferible. El valor del excedente se calculará teniendo en cuenta los ingresos causados por exportaciones de bienes en el valor de las mismas que exceda del precio máximo ordinario fijado conforme al artículo anterior. El Conpes podrá autorizar deducciones del excedente transferible siempre que correspondan a los siguientes conceptos

a)

Gastos de la entidad que estén afectados por el mismo fenómeno de precios que genera el excedente;

b)

Gastos extraordinarios convenidos con el Gobierno Nacional en que incurra la entidad por fuera de la órbita normal de sus actividades. El Conpes determinará la forma y términos en que los egresos deducibles se restarán para la determinación del excedente transferible.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1172 de 1991