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Article 13

Oficina De Tecnologías De Información

Decreto 4155 de 2011 · por el cual se transforma la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) en Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, perteneciente al Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, y se fija su objetivo y estructura.

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01

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Oficina de Tecnologías de Información. Son funciones de la Oficina de Tecnologías de Información, las siguientes

1.

Diseñar y proponer la política de uso y aplicación de tecnologías, estrategias y herramientas para el mejoramiento continuo de los procesos del Departamento Administrativo y del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

2.

Promover la aplicación de buenas prácticas y principios para el manejo y la custodia de la información institucional, siguiendo los lineamientos y directrices del gobierno nacional.

3.

Diseñar e implementar un modelo de interoperabilidad de sistemas, con el fin de permitir el acceso a la información por parte de entidades y beneficiarios del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, de manera ordenada e integrada, que facilite la toma de decisiones.

4.

Vigilar y coordinar que en los procesos tecnológicos del Departamento y del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación se tengan en cuenta los estándares y lineamientos dictados por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que permitan la aplicación de las políticas que en materia de información expida el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

5.

Administrar una plataforma unificada de los sistemas de información del Departamento Administrativo que permita articular las diferentes fuentes de información del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación en una sola herramienta de gestión, que permita efectuar análisis de información con procesamiento en tiempo real.

6.

Elaborar el mapa de información que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos de producción de información del Departamento y del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

7.

Identificar necesidades de tecnologías de información con el propósito de ser integradas en el plan estratégico de tecnologías de información.

8.

Informar al Director General y a la Dependencia que corresponda sobre la gestión informática que realicen entidades del Estado relacionadas con el objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y proponer mejoras para la mayor eficiencia en los procesos misionales del Departamento.

9.

Proponer al Director General planes, estrategias y proyectos que en materia de Tecnologías de la Información se deban adoptar.

10.

Dirigir, orientar y participar en el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos del Departamento Administrativo y del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

11.

Promover aplicaciones, servicios y trámites en línea para uso de los servidores públicos, ciudadanos y otras entidades, como herramientas de buen gobierno.

12.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión en la Dependencia.

13.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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