Transferencia de Bienes, Derechos, Obligaciones y Archivos. A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto se entienden transferidos a título gratuito por ministerio de la ley, todos los bienes muebles e inmuebles, derechos y obligaciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, que se requieran para el cumplimiento de las funciones establecidas para Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC) en las normas legales y en el presente decreto. Los bienes estarán identificados en las Actas que para el efecto suscriban los representantes legales del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC y de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC), o sus delegados, las cuales serán registradas en la respectiva Oficina de Registro, cuando a ello hubiere lugar. Los archivos de los cuales sea titular el Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), a la entrada en vigencia del presente decreto y que tengan relación con las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC), deberán ser transferidos a esta entidad, en los términos que señalen los representantes legales de las dos (2) entidades.
Decreto 4150 de 2011 →In force
Article 32
Transferencia De Bienes, Derechos, Obligaciones Y Archivos
Decreto 4150 de 2011 · por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.