º . Queda a cargo de la Aeronáutica Civil todo lo relativo al funcionamiento de la Comisión Nacional de Aeronáutica, el conveniente arreglo del local para sus sesiones y servicios accesorios, lo mismo que a la organización de los trabajos encomendados a la Comisión. En consecuencia, el Jefe de dicha Sección cuidará de que la Comisión se reúna oportunamente, y le facilitará los elementos que fueren necesarios para sus labores y debida instalación. Los gastos que se causen por razón de este artículo se imputarán al presupuesto de la Aeronáutica Civil.
Decreto 1111 de 1942 →In force
Article 4
Decreto 1111 de 1942 · Por el cual se organiza la Comisión Nacional de Aeronáutica Civil
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.