De la certificación de los cursos específicos. Los cursos específicos se acreditarán mediante certificados de aprobación expedidos por las respectivas entidades oficiales o privadas que los impartieron. Dichos certificados deberán contener, como mínimo, los siguientes datos
Nombre o razón de ser de la entidad;
Nombre y contenido del curso;
Intensidad horaria;
Fechas de realización.