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Article 21

Información Del Saldo De Los Pasivos A Treinta Y Uno (31) De Diciembre

Resolucion 124 de 2021 · Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2022, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

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Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades públicas y privadas enunciadas en los literales d), e), g) e i) del artículo 1 de la presente Resolución, conforme con lo establecido en el literal h) del artículo 631 del Estatuto Tributario deberán suministrar los apellidos y nombres o razón social, identificación, dirección y país de residencia o domicilio de cada uno de los acreedores por pasivos de cualquier índole en el Formato 1009 Versión 7, cuando el saldo acumulado por acreedor a treinta y uno (31) de diciembre sea igual o superior a quinientos mil pesos ($500.000).

En el reporte se deberá considerar la siguiente tabla de conceptos:

ÏTEM | DESCRIPCIÓN | CONCEPTO

1.

| El valor del saldo de los pasivos con proveedores. | 2201

2.

| El valor del saldo de los pasivos con compañías vinculadas accionistas y socios. | 2202

3.

| El valor del saldo de las obligaciones financieras. | 2203

4.

| El valor del saldo de los pasivos por impuestos, gravámenes y tasas. | 2204

ÏTEM | DESCRIPCIÓN | CONCEPTO

5.

| El valor del saldo de los pasivos por aportes parafiscales, salud, pensión y cesantías. | 2214

6.

| El valor del saldo de los pasivos laborales reales consolidados en cabeza del trabajador, sin incluir cesantías. | 2215

7.

| El valor del saldo del pasivo determinado por el cálculo actuarial, con el NIT del informante. | 2207

8.

| El valor de los pasivos exclusivos de las compañías de seguros. | 2209

9.

| El valor de los pasivos respaldados en documento de fecha cierta. | 2208

10.

| El valor de los pasivos por depósitos judiciales. Se debe identificar al beneficiario. | 2211

11.

| El valor del pasivo por ingresos diferidos por puntos premio otorgados en programas de fidelización. | 2212

12 | El valor del pasivo por ingresos diferidos contemplados en el E.T. art.23-1 | 2213

13 | El valor del saldo de los demás pasivos. | 2206

Los saldos de los pasivos cuya cuantía sea menor a quinientos mil pesos ($500.000) se informarán acumulados en un solo registro con identificación 222222222, razón social “CUANTIÁS MENORES” y tipo documento 43, en el concepto a que correspondan, reportando la dirección del informante.

Para el saldo de los pasivos con entidades o sociedades del exterior, al reportar el número de identificación se debe diligenciar con el número, código o clave de identificación, tal como figura en el registro fiscal tributario del país de residencia o domicilio y tipo de documento 42. Cuando en dicho país no se utilice número, código o clave fiscal, se debe informar con identificación 444444001 en forma ascendente, variando consecutivamente en una unidad hasta el 444449999 y con tipo de documento 43. Los campos de dirección, departamento, y municipio no se deben diligenciar.

Para el saldo de los pasivos con personas naturales del exterior, al reportar el número de identificación se debe diligenciar con el número, código o clave de identificación registrado en el país de residencia o domicilio fiscal. Los campos de dirección, departamento, y municipio no se deben diligenciar.

Parágrafo

Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, el informante podrá optar por reportar los pasivos de una cuantía menor a la exigida.

CAPÍTULO 7.

SALDO DE LOS CRÉDITOS ACTIVOS.

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Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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