°. Las coordinaciones relacionadas con el CFBTN que requieran realizar los miembros del MV&V con las unidades militares y de policía, deberán efectuarse por conducto del Comando General de las Fuerzas Militares, Comando Estratégico de Transición (COET), o el Comando Conjunto de Monitoreo y Verificación (CCMOV), en lo que corresponde a las Fuerzas Militares. Así mismo, la Dirección General de la Policía Nacional y la Unidad Policial para la Edificación de la Paz (UNIPEP), atenderán lo pertinente a la Policía Nacional. Lo anterior según los lineamientos que para el efecto establezca el Ministerio de Defensa Nacional.
Article 8
Las Coordinaciones Relacionadas Con El Cfbtn Que Requieran Realizar Los Miembros Del Mv&v Con Las Unidades Militares Y De Policía, Deberán Efectuarse Por Conducto Del Comando General De Las Fuerzas Militares, Comando Estratégico De Transición (Coet), O El Comando Conjunto De Monitoreo Y Verificación (Ccmov), En Lo Que Corresponde A Las Fuerzas Militares
Decreto 1590 de 2017 · por el cual se decreta el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional, en el marco del Acuerdo celebrado entre el Gobierno nacional y el Ejército de Liberación Nacional (ELN,) y se dictan otras disposiciones
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