Son funciones principales de las Cajas Seccionales: a). Administrar en su jurisdicción el seguro de enfermedad no profesional y maternidad, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 10, numeral 11 de este Decreto, para lo cual controlarán y harán efectivo el pago de las cotizaciones, liquidarán y pagarán las prestaciones, otorgarán los servicios asistenciales correspondientes y ejercerán las demás funciones inherentes a tales fines; b). Servir de organismos de ejecución respecto de los seguros de invalidez, vejez y muerte, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para el efecto tienen a su cuidado la recaudación de los recursos de estos seguros, la liquidación y pago y el otorgamiento de las prestaciones del caso, dentro del límite de los poderes que el Instituto les conceda.
Decreto 433 de 1971 →In force
Article 22
Son Funciones Principales De Las Cajas Seccionales: A)
Decreto 433 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Instituto Colombiano de Seguros Sociales
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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