ARTICULO 74. Los funcionarios que ejerzan cargos de Director General, Subdirector General, Subdirector, Jefe de Oficina del nivel central y los Jefes Regionales de Aduana podrán delegar sus funciones asignadas por la ley o por el presente Decreto, en funcionarios de las dependencias bajo su responsabilidad, mediante resolución. Estas resoluciones deberán ser sometidas a consideración del Subdirector General, excepto en el caso del Director General de Aduanas. En el caso del Subdirector General, esta resolución será aprobada por el Director General de Aduanas.
Article 74
Los Funcionarios Que Ejerzan Cargos De Director General, Subdirector General, Subdirector, Jefe De Oficina Del Nivel Central Y Los Jefes Regionales De Aduana Podrán Delegar Sus Funciones Asignadas Por La Ley O Por El Presente Decreto, En Funcionarios De Las Dependencias Bajo Su Responsabilidad, Mediante Resolución
Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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