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Article 1

Los Agentes Del Ministerio Público Procederán A Iniciar Y Adelantar, De Conformidad Con La Ley, Las Correspondientes Diligencias Sobre Interdicción De Los Individuos Que Por Razón De Su Estado De Demencia O Imbecilidad Ingresen En Los Asilos De Locos De Bogotá, Y Procurando Que En Tales Diligencias O Juicios Se Decreta La Interdicción Legalmente Y Sin Demoras

Decreto 339 de 1924 · Por el cual se reglamentan unas funciones de los Agentes del Ministerio Público y de los Médicos Legistas en los juicios de interdicción

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Text of the article

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° Los Agentes del Ministerio Público procederán a iniciar y adelantar, de conformidad con la ley, las correspondientes diligencias sobre interdicción de los individuos que por razón de su estado de demencia o imbecilidad ingresen en los Asilos de Locos de Bogotá, y procurando que en tales diligencias o juicios se decreta la interdicción legalmente y sin demoras.

02

Constitutional history

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