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Article 2.2.4.2.3.2

Unificación De Instrumentos

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Unificación de instrumentos . Para todos los efectos del ordenamiento ambiental, el Pomiuac Insular, será el único instrumento para el manejo, ordenamiento y planificación ambiental de la Unidad Ambiental Costera (UAC) Caribe Insular, el cual no incorporará las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, las cuales continuarán su gestión a través de los instrumentos de manejo establecidos para dichas áreas. El Pomiuac Insular, incorporará y subsumirá los siguientes instrumentos actualmente vigentes o exigibles para el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en su territorio emergido y sumergido

1.

Plan de Manejo de la Reserva de Biosfera Seaflower.

2.

Plan o Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (POMCA).

3.

Plan o Planes de Zonificación de los Manglares.

4.

Plan de Manejo de Acuíferos y Aguas Subterráneas.

5.

Planes de Manejo de Áreas Protegidas: (Área Marina Protegida de la Reserva de Biosfera Seaflower, el Parque Regional “Old Point Regional Mangrove Park”, el Parque Regional Johnny Cay, el Parque Regional “The Peak”).

Parágrafo 1

El Pomiuac Insular se constituye en norma de superior jerarquía y determinante ambiental para la elaboración y adopción de los planes o esquemas de ordenamiento territorial o plan de ordenamiento departamental, en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Parágrafo 2

El Pomiuac Insular tendrá en consideración, como estrategia complementaria para la conservación de la diversidad biológica, a la Reserva de Biosfera Seaflower.

Parágrafo 3

Las nuevas declaratorias de áreas protegidas de carácter regional realizadas por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina), posteriores a la expedición del presente acto administrativo, deberán ser incorporadas por dicha autoridad ambiental en el Pomiuac Insular.

02

Constitutional history

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