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Article 6

El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Enero De 1969, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, Y Produce Efectos Fiscales Desde El (1) De Septiembre De 1968 Para Los Empleados Que Estando Al Servicio De La Dirección General De Crédito Publico Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Esa Fecha Fueren Designados Para Ocupar Cargos De La Nueva Planta

Decreto 3032 de 1968 · por el cual se determina la planta de personal de la Dirección General de Tesorería y de la Dirección General de Crédito Público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de enero de 1969, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, y produce efectos fiscales desde el (1) de septiembre de 1968 para los empleados que estando al servicio de la Dirección General de Crédito Publico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en esa fecha fueren designados para ocupar cargos de la nueva planta. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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