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Article 8

Decreto 1206 de 2001 · por el cual se regula la importación de mercancías destinadas al municipio de Inírida en el Departamento de Guainía y a los municipios de Puerto Carreño, la primavera y Cumaribo en el Departamento del Vichada.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Obligaciones de los comerciantes . Los comerciantes domiciliados en el municipio de Inírida en el departamento de Guainía y en los municipios de Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo en el departamento del Vichada, deberán inscribirse ante la Administración de Aduanas de su jurisdicción, expedir las facturas correspondientes, con el lleno de los requisitos señalados en el artículo 617 del Estatuto Tributario, liquidar y recaudar el impuesto a las ventas que se cause en las enajenaciones dentro de los departamentos, efectuar la consignación de las sumas recaudadas de acuerdo con lo previsto en el Estatuto Tributario y llevar un libro diario de registro de ingresos y salidas en el que se deben anotar las operaciones de importación, compras y ventas, el cual sustituye para todos los efectos aduaneros la contabilidad de los comerciantes, cuyo atraso por más de quince (15) días dará lugar a la imposición de la sanción por irregularidad en la contabilidad consagrada en el artículo 655 del Estatuto Tributario. Para efectos aduaneros, los comerciantes también estarán obligados a conservar por un término de cinco (5) años, copias de las facturas expedidas y de los documentos que soporten la modificación de la Declaración de Importación con franquicia, con el fin de colocarlos a disposición de la autoridad aduanera cuando ésta lo requiera.

02

Constitutional history

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