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Article 4

Ley 10 de 1975 · Por la cual se crean los Juegos del Litoral Pacífico y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Nación auxiliará, en el presupuesto de inversión y con cargo a los recursos ordinarios del Presupuesto Nacional, la suma de diez millones de pesos ($ 10.000.000.00) moneda corriente, para la primera edición de los Juegos e igual suma para los juegos sucesivos, hasta completar cinco eventos. De allí en adelante la financiación correrá a cargo de Coldeportes, sin que ésto signifique que ésta entidad quede exonerada de prestar su colaboración técnica y financiera a las primeras cinco ediciones. Los aportes de la Nación se invertirán exclusivamente en los gastos e inversiones de Obras Deportivas que demanden las ciudades y/o poblaciones sedes o sub-sedes del certamen deportivo.

Parágrafo

1º . La unidad ejecutora de los Juegos será la Junta Municipal de Deportes de la ciudad sede, a través de la respectiva Junta Administradora de Deportes, Seccional Departamental del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

Parágrafo

2º El Municipio aspirante a la sede de los Juegos deberá adquirir el compromiso de contribuír con los terrenos necesarios para la construcción o ampliación de los escenarios deportivos. Se podrá eximir de este requisito a los Municipios aspirantes a la sede que demuestren no poseer los terrenos y una absoluta penuria fiscal.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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