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Article 5

º Los Exploradores Y Explotadores Están Obligados A Reparar Los Perjuicios O Daños Ocasionados A Las Obras Públicas Y A Los Bienes De Los Particulares; Si Ello No Fuere Posible, Construirán A Su Costo Las Que Lo Suplan En Debida Forma

Decreto 384 de 1985 · Mediante el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967 y 20 de 1969 en relación con metales preciosos y se modifica el decreto 1275 de 1970

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Text of the article

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º Los exploradores y explotadores están obligados a reparar los perjuicios o daños ocasionados a las obras públicas y a los bienes de los particulares; si ello no fuere posible, construirán a su costo las que lo suplan en debida forma. Así mismo, recuperarán los terrenos dedicados a la agricultura y a la ganadería, de manera tal que queden aptos para dichas actividades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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