°. Adiciónese el artículo 90 del Decreto número 4444 de 2010, así: Para la Medalla "Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario" de la Fuerza Aérea Colombiana. Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante FAC y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea o su delegado. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano FAC o su delegado. Vocal: Jefe Jefatura Jurídica y Derechos Humanos FAC.
Para efecto de las funciones y atribuciones de los miembros del Consejo se tendrán en cuenta las normas establecidas en los
s 1° y 2° del artículo 90 del Decreto número 4444 de 2010.