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Article 2

Disponibilidad De Recursos

Decreto 254 de 2013 · por el cual se regula la creación de líneas de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), para el financiamiento de proyectos de Vivienda de Interés Prioritario y Viviendas de Interés Social.

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°. Disponibilidad de recursos. Para la creación de las líneas de redescuento con tasa compensada que trata el artículo 1° del presente decreto, los recursos equivalentes al monto del subsidio requerido, provendrán de entidades territoriales, de entidades públicas del orden descentralizado territorial y de entidades privadas.

Parágrafo 1

De acuerdo con su naturaleza jurídica, las entidades señaladas en este artículo, deberán previamente a la suscripción de los convenios interadministrativos de que trata el artículo 3° del presente decreto, incluir en sus presupuestos las partidas equivalentes al monto del subsidio o garantizar el aporte de los recursos necesarios para compensar la tasa.

Parágrafo 2

Estos recursos serán destinados a cubrir la diferencia entre la tasa de redescuento compensada que se defina y la tasa de redescuento sin subsidio, vigente a la fecha de desembolso de cada uno de los créditos, aplicada al sector de vivienda para el mismo plazo de amortización y gracia.

02

Constitutional history

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