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Article 46

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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01

Text of the article

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División para control aduanero, represión y penalización del contrabando. Conforme a las políticas e instrucciones de las Subdirecciones de Fiscalización Aduanero, Represión y Penalización del Contrabando, de Control de Cambios, del Director Regional o del Administrador Especial, según el caso, o del Administrador Local, y de acuerdo a la naturaleza de la Administración definida en este decreto, son funciones de la División para el Control Aduanero, Represión y Penalización al contrabando las siguientes

a)

Promover al interior de su jurisdicción el cumplimiento voluntario por parte de los usuarios de sus obligaciones aduaneras y prevenir su infracción;

b)

Proponer al administrador políticas de orientación del control aduanero, represión y penalización del contrabando en su jurisdicción;

c)

Desarrollar conforme a los planes y programas las funciones de control posterior a los importadores, exportadores, transportadores, depósitos aduaneros, sociedades de intermediación aduanera, usuarios aduaneros permanentes, sociedades certificadoras y declarantes en general, a fin de verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias, así como la correcta aplicación de sanciones, liquidaciones y recaudos de los impuestos al comercio exterior, derechos, tasas, contribuciones, multas, recargos y demás gravámenes, en materia aduanera;

d)

Adelantar las acciones e investigaciones necesarias para verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y proponer las sanciones y la determinación oficial del gravamen respectivo cuando a ello hubiere lugar;

e)

Adelantar las acciones relativas a la penalización aduanera, así como reprimir y sancionar dentro de su jurisdicción, las infracciones a los regímenes, aduaneros y de control de cambios en lo de competencia de la entidad;

f)

Proferir los pliegos de cargos, requerimientos, autos de inspección y demás actos preparatorios en la determinación de las obligaciones aduaneras así como establecer las sanciones, la determinación oficial de los impuestos y gravámenes y expedición de los demás actos definitivos, conforme a los procedimientos legales vigentes;

g)

Coordinar el desarrollo de auditorías informáticas a los usuarios, complementarias a las de control posterior aduanero;

h)

Remitir a la División de liquidación los actos preparatorios necesarios para proferir los actos de liquidación oficial y aplicación de sanciones;

i)

Ejercer funciones de Policía Judicial en los términos previstos en la ley;

j)

Administrar los sistemas de información desarrollados por el área para atender las labores de investigación y determinación de obligaciones aduaneras, de acuerdo con los parámetros, estándares y condiciones fijadas por la Oficina Nacional de Servicio de Información;

k)

Las demás que le asigne el Administrador.

02

Constitutional history

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