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Article 7

Elección Del Representante De Las Organizaciones Campesinas

Decreto 1593 de 1997 · por el cual se reglamenta el Consejo Ambiental Regional de la Sierra Nevada de Santa Marta y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Elección del representante de las organizaciones campesinas . Este será escogido en una reunión por los representantes legales de las organizaciones campesinas de cada departamento con jurisdicción sobre la Sierra, por mayoría absoluta. Para tal efecto la Corporación Autónoma Regional respectiva, publicará por una vez en un diario de circulación departamental y por diez ocasiones en un período de cinco (5) días en el horario de mayor audiencia, en una emisora de cubrimiento en la Sierra Nevada de Santa Marta, una invitación a las organizaciones campesinas para que postulen un candidato por organización. La publicación se efectuará como mínimo con un mes de anticipación a la reunión. La organización deberá a llegar a la reunión, certificación de representación legal y personería jurídica expedida por la autoridad competente, postulación del candidato, hoja de vida del mismo y acta de la reunión en la cual se hizo la postulación. El representante será escogido para un período de tres (3) años.

Parágrafo

Las convocatorias y reuniones para elegir los representantes de las organizaciones campesinas por cada departamento, se harán en forma independiente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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