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Article 44

Decreto 664 de 1985 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 89 de 1984, reorgánico de la Carrera de oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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01

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Cursos y Exámenes para Ascenso de Suboficiales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del Decreto 89 de 1984, para ingresar al escalafón de Suboficiales y ascender dentro de él, los interesados deben adelantar cursos de formación y capacitación, o presentar exámenes de competencia profesional, en base a programas y Directivas preparadas por los Comandos de Fuerza, las cuales deben contemplar, por lo menos los siguientes cursos

a)

De "Formación Profesional" para quienes aspiren a ingresar a las Fuerzas Militares como Cabos Segundos, Marineros o Suboficiales Técnicos Cuartos;

b)

De "Capacitación Intermedia", como requisito para ascenso al grado de Sargento Segundo, Suboficial Segundo o Suboficial Técnico Segundo;

c)

De "Capacitación Avanzada" como requisito para ascenso al grado de Sargento Primero, Suboficial Jefe o Suboficial Técnico Subjefe. Para el ascenso a los demás grados de la carrera de Suboficial, los aspirantes se someterán a los exámenes de competencia o a los Cursos Especiales que los Comandos de Fuerza, con la aprobación del Comando General, consideren apropiados para satisfacer las necesidades de capacitación y tecnificación del respectivo cuerpo de Suboficiales.

02

Constitutional history

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