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Article 3

Decreto 3105 de 1962 · Por el cual se reorganiza el Museo Postal y Telegrafico y se reglamenta el manejo de especies filatelicas

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01

Text of the article

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Artículo tercero. La Junta Asesora del Museo Postal y Telegráfico, tendrá las siguientes funciones

a)

Dar su asesoría .en todo lo relacionado con el funcionamiento del Museo;

b)

Dar su opinión sobre cuáles deben ser las cantidades, las especificaciones y los motivos de las estampillas postales que deban destinarse en cada emisión a. fines filatélicos;

c)

Sugerir la creación de los comités, asesores que considere necesarios para el correcto funcionamiento del Museo. Estos comités pueden ser técnicos, financieros, etc.;

d)

Asesorar al Administrador del Servicio de Giros y Especies Postales en la celebración de los contratos para el funcionamiento del Museo, para la venta dé especies filatélicas y para la adquisición de especies destinadas a postales;

e)

Recomendar la adquisición de especies filatélicas y de los elementos necesarios para la dotación del Museo;

f)

Aquellas otras que le asigne el Servicio de Giros y Especies Postales por resolución aprobada por el Ministro de Comunicaciones;

g)

Elaborar su propio reglamento.

Parágrafo

, El Director del Museo Postal, y Telegráfico, será el Secretario de la Junta Asesora.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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