º. las prestaciones sociales definidas, correspondientes al personal ausente, serán liquidadas y pagadas únicamente cuando los interesados presenten al Ministerio de Guerra la declaración judicial de presunción de muerte por desaparecimiento, de acuerdo con el Código civil y en el orden y proporción establecido por el artículo 134 del Decreto 3220 de 1953.
Article 3
Las Prestaciones Sociales Definidas, Correspondientes Al Personal Ausente, Serán Liquidadas Y Pagadas Únicamente Cuando Los Interesados Presenten Al Ministerio De Guerra La Declaración Judicial De Presunción De Muerte Por Desaparecimiento, De Acuerdo Con El Código Civil Y En El Orden Y Proporción Establecido Por El Artículo 134 Del Decreto 3220 De 1953
Decreto 1190 de 1954 · Por el cual se fijan prestaciones para los familiares del personal de las Fuerzas Armadas que desaparezca en servicio activo
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.