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Article 30

Salvo Disposiciones Especiales, Contra Las Decisiones Que Tome La Junta Directiva En Asunto De Su Competencia, Solo Procederáel Recurso De Reposición, Surtido El Cual,se Entenderá Agotada La Vía Gubernativa

Decreto 249 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Salvo disposiciones especiales, contra las decisiones que tome la Junta Directiva en asunto de su competencia, solo procederáel recurso de reposición, surtido el cual,se entenderá agotada la vía gubernativa. Contra las resoluciones del Director procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario y subsidiariamente el de apelación ante la Junta Directiva.

Parágrafo 1

Contra las providencias que contemplen situaciones generales, no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

Parágrafo 2

losrecursos de que trata este artículo, se tramitarán de conformidad con las normas que reglamentaria.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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