Dotación anual, inicial y adicional de vestuario y equipo. Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo tendrán derecho a recibir dotación anual de vestuario y equipo. A quienes ingresen por primera vez al escalafón, les será suministrada una dotación inicial no imputable a la dotación anual. El mismo derecho tendrán los Oficiales y Suboficiales que se reintegren o sean llamados al servicio activo, cuando hubieren permanecido por más de un (1) año en situación de retiro. Los Oficiales al ser ascendidos a los grados de Mayor o Capitán de Corbeta, Brigadier General o Contralmirante y Suboficiales al ser ascendidos al grado de Sargento Viceprimero, Suboficial Primero o Suboficial Técnico Primero, tendrán derecho a recibir, por una sola vez, con cargo al presupuesto de la Institución y como dotación adicional no imputable a su dotación anual, uniformes, insignias y distintivos correspondientes al grado.
Decreto 89 de 1984 →In force
Article 101
Dotación Anual, Inicial Y Adicional De Vestuario Y Equipo
Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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